Resumen
A partir de la aproximación comparada de la prueba ilícita entre México y Colombia, se efectuó un estudio de ambos ordenamientos jurídicos desde una perspectiva dogmática. En este sentido, el trabajo se realizó desde el método hermenéutico, desde el cual se problematizó el proceso probatorio penal, conforme al marco constitucional y procesal penal de ambos países. El objetivo consistió en develar los fundamentos, principios y reglas. Los resultados indican que la prueba ilícita está prohibida en ambas jurisdicciones. Se constató que en cuatro sentencias, dos por parte de cada país, se han trabajado preferentemente las reglas de fuente independiente, la regla de nexo causal atenuado, del descubrimiento inevitable y de la mejor evidencia. Se concluye que las sentencias que han sido casadas con mira a absolver al encartado han basado su decisión en la teoría de los frutos del árbol envenenado[1]. Entre el conjunto de las cuatro sentencias objeto de debate, tres mantuvieron la condena impuesta al considerar que se presentaba el fenómeno de fuente independiente, del descubrimiento inevitable y la evidencia mantenía un nexo a la fuente original calificada de lícita. Se proyecta una tendencia a mantener la teoría del árbol ponzoñoso respecto de la prueba derivada.

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