VISIBILIDAD DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ CON REFERENTES DE CRIANZA EN PRISIÓN EN EL ESTADO DE MÉXICO
Visibility of the protection of children's rights with references of upbringing in prison in the state of Mexico

 

ITZEL ARRIAGA HURTADO [1]

JOSÉ BENJAMÍN BERNAL SUÁREZ [2]
TANIA EDITH REYES GARCÍA [3]


FECHA DE RECEPCIÓN: 14 DE ENERO DE 2026

FECHA DE ACEPTACIÓN: 28 DE ABRIL DE 2026

 

RESUMEN

 

El presente artículo tiene como objetivo analizar la visibilidad de la protección de los derechos de la Niñez con Referentes de Crianza en Prisión en el Estado de México a partir de la perspectiva de los derechos humanos, como una obligación coercible hacia toda autoridad mexicana para hacer posible el ejercicio de los derechos de esta niñez bajo el reconocimiento de su condición de vulnerabilidad; a partir de una metodología mixta que partió del análisis y discusión de fuentes de información que se estructuraron en las siguientes variables: Niñez, crianza en prisión, México, Estado de México y Derechos Humanos. Obteniendo como principal hallazgo el cuestionamiento de las acciones gubernamentales que inciden hacia la protección efectiva de los derechos de esta niñez en la entidad mexiquense.

 

Palabras clave: protección de los derechos de la niñez, referentes de crianza en prisión, Sistema Internacional de Derechos Humanos, Estado de México.

 

ABSTRACT


The objective of this article is to analyze the visibility of the protection of the rights of children with Prison Parenting Referents in the State of Mexico from the perspective of human rights, as a coercible obligation towards any Mexican authority to make possible the exercise of the rights of these children under the recognition of their condition of vulnerability. Based on a mixed methodology that was based on the analysis and discussion of sources of information that were structured in the following variables: Childhood, Prison Parenting, Mexico, State of Mexico and Human Rights. The main finding was to question the government's actions that have an impact on the effective protection of the rights of this child in the State of Mexico.

 

Keywords: protection of children's rights, prison parenting referents, international Human Rights System/ State of Mexico

 

Introducción

 

El presente artículo tiene como objetivo mostrar la obligatoriedad de la visibilidad de la protección de los derechos de la niñez que tiene un padre o madre dentro de un centro penitenciario en el Estado de México, derivada de la pertenencia del Estado Mexicano al Sistema Internacional de Derechos Humanos estipulada en tratados internacionales firmados y ratificados en materia de derechos humanos de la niñez, [4] para su contrastación con las acciones de los órganos gubernamentales obligados a proteger a la niñez en la Entidad Mexiquense.

Reconocimiento la dificultad de contar con datos generales y concretos del estado que guarda la vulnerabilidad de la niñez con referente de crianza en prisión en México y Estado de México, y sus implicaciones en términos de la protección de los derechos, se optó por la elección de desarrollar el presente documento bajo un enfoque mixto a partir de la selección de datos cualitativos y cuantitativos contemplados en bases de datos oficiales de carácter nacional e internacional categorizados en las variables: visibilidad, vulnerabilidad estructural y niñez con referente de crianza en México y Estado de México, con la intención de realizar el análisis de la visibilidad de la protección de los derechos de la niñez con referente de crianza en prisión en la Entidad Federativa referida en contrastación con las acciones gubernamentales realizadas en la materia.

Por lo anterior, el documento se estructuró tres secciones.

La primera parte corresponde en un marco contextual de la niñez con referente de crianza en prisión en México y Estado de México que concretizó a esta niñez y sus padres, por ser internos de centros penitenciarios, como grupos vulnerables reconocidos por el Estado Mexicano, seguido del apartado metodológico que indicó una descripción de lo realizado para concretizar las acciones gubernamentales realizadas en el Estado de México de 2022 a 2024 a través de los órganos públicos encargados de la protección de los derechos de la niñez con referente de crianza en prisión, y finalmente se procedió a la discusión para señalar la consistencia de cada acto gubernamental y las implicaciones en términos de protección de los derechos de la infancia, y mostrando como principal hallazgo, desde las ciencias sociales y en particular de las ciencias jurídicas, la necesidad de realizar investigaciones en la materia que logren usarse para conocer contextualmente la realidad social que pretenden atender los actores gubernamentales encargados de la protección de la niñez con referente de crianza en prisión.

 

Desarrollo

 

Marco contextual de la Niñez con Referente de Crianza en Prisión e Internos en centros penitenciarios como grupo vulnerable en México y Estado de México

El Estado Mexicano ha sido un foco de atención por parte de organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil supranacionales que se han dado a la tarea de señalar la complejidad de la realidad social mexicana en términos de acceso a los derechos y por la dificultad que enfrentan las personas para ejercer sus derechos, bajo este panorama, hay determinados grupos poblacionales que han sido señalados como grupos vulnerables así reconocidos por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo [5] por la dificultad y en ocasiones, por el no acceso a sus derechos humanos y como consecuencia, el cuestionamiento de la protección de sus derechos por parte de los órganos gubernamentales que tienen la obligación de protegerlos, promoverlos y sancionarlos en caso de violación.

Bajo esta tesitura, las personas que se encuentran internas en el sistema penitenciario nacional mexicano y en las Entidades Federativas, así como la niñez comprendida como aquellos Niños, Niñas y Adolescentes que se encuentran viviendo con sus padres en los centros penitenciarios por entrar dentro del hipotético normativo previsto en el sistema jurídico mexicano [6] o aquellos que se encuentran afuera del centro penitenciario y que alguno de sus padres e incluso ambos se encuentran dentro del sistema penitenciario [7] estos son dos grupos poblacionales en México que han transitado por una memoria histórica de no reconocimiento como sujeto de derechos e incluso han enfrentado limitaciones para el ejercicio de sus derechos, por su condición de niñez e internos en reclusorios, y colocando en especial urgencia de atención a dicha niñez con referente de crianza en prisión toda vez que:

Los niños … con padres encarcelados se encuentran entre los más marginados del mundo, viven una vida marcada por la violencia y el miedo y ven sus derechos violados sistemáticamente. [La vida de estos niños] están condicionadas por la falta de un apoyo parental adecuado y por la violencia, el miedo, la inseguridad y la exclusión social. [8]

En México, la población que se encuentra interna en el sistema penitenciario nacional y en las Entidades Federativas y la indicación de las condiciones generales de su situación de internamiento se ha referido en el Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales a cargo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) que tuvo su origen en 2018, además de instarse como un medio que permite repercutir en el “quehacer gubernamental [para] el proceso de diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas de alcance nacional”, [9] es decir, señalando la importancia de este documento de cuantificación que contribuye al quehacer gubernamental a través de mostrar la condición que guarda el sistema penitenciario nacional y las personas internas.

En estos términos y de conformidad con el Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales en el año 2022 se contó con el registro “226 [mil] 077 personas se encontraron privadas de la libertad/internadas en los centros penitenciarios federales y estatales” [10] siendo este una característica peculiar toda vez que se identifica un incremento del “2.6% en el total de la población privada de la libertad/ internada” [11] en comparativa con el año 2021.

Por lo que corresponde a 2023, a nivel federal y estatal cerca de “233 [mil] 277 personas se encontraron privadas de la libertad/ internadas en los centros penitenciarios” [12] siendo símil al año 2022, en donde las cifras en lugar de disminuir incrementan reportando “un aumento de 3.2 % en el total de la población privada de la libertad/ internada” [13]

Aunque no se ha publicado el Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales del año 2024, de acuerdo con el comportamiento de los índices poblacionales de personas internas y privadas de la libertad en los centros penitenciarios independientemente a su circunscripción territorial, se deduce un incremento de esta población en relación con los años 2023, 2022 y 2021.

Ahora bien, de conformidad con el sistema jurídico mexicano, el sistema penitenciario deberá atender el pleno respeto a los derechos humanos de las personas internas para lograr garantizar la correcta reinserción social bajo el sustento de cumplir las penas privativas de libertad por cada caso particular, sin embargo, existe un problema complejo en los centros penitenciarios toda vez que la situación jurídica de las personas internas refleja la dificultad de contar con una sentencia o en algunos casos no hay registro de ella, pero las personas están internas y privadas de su libertad, en términos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos señaló:

…El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para la reinserción social. Sin embargo, debemos partir del hecho que no se ha logrado constituir un régimen adecuado de ejecución de penas… [14]

Lo anterior en datos cuantitativos se traduce en que la situación jurídica de este grupo en 2022 ha reportado que “88 345 [personas] se encontraban sin sentencia/ medida cautelar de internamiento preventivo, 23 649 [personas] con sentencia no definitiva, 110 954 [personas] contaron con sentencia definitiva y para 3 129 personas no se identificó el estatus”. [15] Por lo que corresponde al 2023 “86 984 [personas] se encontraban sin sentencia/ Medida cautelar de internamiento preventivo, 17 202 [personas] con estatus no definitivo, 125 281 [personas] contaron con estatus definitivo y para 3 810 personas no se identificó el estatus” [16]

Esto representa que las personas internas en un centro penitenciario que adquieren el categórico sin sentencia o no identificación del estatus jurídico -por no contar con una sentencia que determine su acceso a un debido proceso o su acceso a la impartición de justicia- entra en una situación de vulnerabilidad más compleja y que esta situación de no acceso a sus derechos no sólo lo afecta como interno en el centro penitenciario, sino a todas sus relaciones e interacciones en el aspecto familiar, de pareja, entre otros; y al ser la niñez con referente de crianza en prisión el sujeto de derechos del presente documento de análisis, se instituye entonces, como grupo poblacional que aumenta su vulnerabilidad por enfrentar sus padres su propia vulnerabilidad concreta de dificultad de acceso o ejercicio a sus derechos, sólo por no contar con una debida atención de su situación jurídica por parte del órgano gubernamental.

Ahora bien, es importante referir a la niñez que se encuentra dentro del centro penitenciario con sus padres, bajo esta perspectiva, el Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales refirió que en México durante el año 2023 se registró que “la cantidad de mujeres privadas de la libertad/internadas que se encontraban embarazadas y/o en periodo de lactancia fue de 282” [17] mientras que “en los centros penitenciarios se registraron 343 mujeres privadas de la libertad/internadas que tuvieron consigo a sus hijas e hijos menores de seis años”, [18] datos que reflejan la situación general de las mujeres y la permanencia con sus hijos, sin embargo, surge la interrogante, de qué pasa con las personas que son padres y la razón por la cual no se encontraron variables de esto en el Censo referido.

Durante ese mismo año, la Ciudad de México se instituyó como la primera Entidad Federativa en concentrar la mayor cantidad de personas menores de seis años que permanecieron en el centro penitenciario con su madre y por su parte, el Estado de México ocupó el cuarto lugar por el registro de 21 menores [19] , mostrando a la entidad Mexiquense como una Entidad Federativa que se encuentra en los lugares de alta incidencia a nivel nacional por contar con niñez con referente de crianza en prisión en su sistema penitenciario.

Por otra parte, correspondiendo al año 2022 a nivel nacional se reportó que “325 personas menores de seis años, permanecieron con sus madres privadas de la libertad/ internadas en los centros penitenciarios y centros especializados [20] ”, existiendo una disminución de la niñez en centros penitenciarios a nivel nacional en comparativa con el año 2023, sin embargo, vislumbrando otra situación de realidad social de la niñez con referente de crianza en prisión por atender: la niñez que sale de centro penitenciario que cuenta con padres internos.

A nivel estatal, en dicho año la Ciudad de México ocupo el número uno a nivel nacional y el Estado de México ocupó el tercer lugar por el registro de 24 personas menores de seis años con sus madres (INEGI 2023), mostrando un aumento significativo de la niñez dentro de los centros penitenciarios con su madre en las entidades federativas y que en el caso de la Entidad Mexiquense existió el aumento a 3 niños en un año.

Los datos anteriores reflejaron la existencia de dos grupos poblaciones en condición de vulnerabilidad que se encuentran en constante interacción y presentes en México y Estado de México, pero ahora resulta trascendente conocer los datos concretos de las acciones para su protección en centro penitenciario o fuera del mismo.

De manera general, es importante referir que por la ausencia de estudios cuantitativos que reflejen la situación de la niñez con referente de crianza a nivel estatal, resulta trascendente la realización del primer Diagnóstico en el Estado de México que se especializa en mostrar a la niñez interna en centro penitenciario: “Maternidades e infancias con referentes de crianza en prisiones del Estado de México” [21]

De conformidad con dicho Diagnóstico se realizó un muestreo a un sector poblacional de internas de todos los centros penitenciarios que mostraban maternidades y cerca del “86% de las mujeres privadas de la libertad manifestó tener hijos o hijas, y de las cuales el 21.5% de las mujeres manifiesta que el padre de sus hijos o hijas también se encuentra privado de la libertad” [22] y adicionando a ello, se reportó el pleno reconocimiento de que cerca del 74.7% de las mujeres contaban con hijas o hijos fuera del Centro; siendo esto un señalamiento de la importancia de cuantificar a nivel nacional lo que se había dejado fuera de análisis: el reconocimiento de niños afuera del centro penitenciario, los cuales adquieren mayor vulnerabilidad y violencia, como los exponen los siguientes dos testimonios:

Primero: “En la escuela, los niños a los que caes mal te dicen: “Eh, tu pariente está en la cárcel”. Te sueltan cosas así, como si el delincuente fueses tú” Testimonio de Niño de 12 y 16 años [23]

Segundo: “Mi familia cambió mucho cuando metieron a mi padrastro en la cárcel. Mi madre ya no comía, dejó de hacer cosas [...] salía a vender y no volvía hasta la una o las dos de la mañana [...] Nadie cuidaba de mi hermano más pequeño; se quedó solo” Testimonio de Niña de 12 y 16 años. [24]

Siguiendo esta perspectiva, la niñez con referente de crianza en prisión que se encuentra afuera del centro penitenciario, han mantenido la característica de que los cuidadores principales son los abuelos seguido de otros familiares (entrando en la categoría de tíos, primos, entre otros…) seguida del padre y finalmente otras personas quienes no guardan relación sanguínea con los Niños, Niñas y Adolescentes [25] , cuestionando entonces la propia vulnerabilidad que enfrenta esta niñez, al no cont